Philips AZ2425/01 User Manual Page 118

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Viernes 26 de abril de 2002 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 118
ejercer la primera disposición de este crédito o del crédito individual, el que se ejerza primero. En el
caso de no haber manifestado desde un inicio la necesidad de utilizar recursos para el crédito de
construcción, no se tendrá que cubrir el pago de esta comisión, y los derechos asignados serán
únicamente para la individualización de las viviendas durante la vigencia de este crédito.
XI. Posturas
La postura será la carta expedida por los Gobiernos Estatales y/o Municipales donde expresen el
monto en UDIS y sin decimales, que están dispuestos a invertir en corresponsabilidad con el subsidio
del Gobierno Federal que a través de la SHF otorga para la adquisición de la vivienda. Este monto
deberá de aportarlo el Gobierno Estatal y/o Municipal al intermediario financiero 5 días antes de ejercer
el crédito para la adquisición de la vivienda. La SHF disminuirá este importe del subsidio del Gobierno
Federal al momento de otorgar el crédito para la individualización de la vivienda.
Cada postura se referirá a un solo proyecto, que no podrá exceder de 300 viviendas y no deberá
presentarse más de una postura para un mismo proyecto.
XII. Derechos por asignar a cada postor:
Será el indicado en las Condiciones Generales de Financiamiento.
XIII. Calendario para el ejercicio y vencimiento de los derechos sobre créditos individuales
Para ejercer los créditos para la adquisición de viviendas se dispondrá de cuarenta y ocho meses
contados a partir de la fecha de la subasta o de la asignación diaria, los cuales no serán prorrogables.
Transcurrido este plazo y en caso de existir En caso de existir algún saldo en construcción, será
exigible su liquidación en ese momento, entendiendo que los derechos de crédito individuales
automáticamente se cancelarán.
XIV. Procedimiento para participar en la subasta o en la asignación diaria:
1. El intermediario financiero (Bancos o Sofol) capturará en la pantalla cédula de registro de
proyecto ejecutivo-solicitud de crédito, a través del sistema de enlace electrónico con la SHF, toda la
información requerida y descrita en el anexo 2 de las Condiciones Generales de Financiamiento de la
S.H.F. La Nomenclatura-SHF asignada no podrá ser modificada y permanecerá hasta la liquidación del
crédito. Para los intermediarios financieros que no cuenten con dicho sistema de enlace, lo podrán
realizar a través del módulo SHF que estará a su disposición en las oficinas de esta Sociedad. El
registro de proyecto ejecutivo-solicitud de crédito de la primera etapa, se podrá realizar a más tardar en
la fecha de cierre de acuerdo al punto II de esta convocatoria, con horario de 9:00 a 14:00 horas, para
.la segunda etapa el registro de proyecto ejecutivo-solicitud de crédito se realizará en el mismo horario,
pero de forma diaria. Todos los registros de proyecto ejecutivo-solicitud de crédito que se den de alta
en el sistema de enlace electrónico, deberán pagar la comisión por solicitud de crédito a la subasta o
asignación diaria de referencia.
2. La SHF otorgará un número de recepción de acuse de recibo y un número de registro del
proyecto ejecutivo-solicitud de crédito, por la misma vía a los intermediarios financieros, una vez que
éstos hayan capturado todos los datos necesarios para poder participar.
3.
1. Además, pPara poder participar en la subasta o ejercer el crédito otorgado en las
asignaciones diarias, el intermediario financiero deberá enviar a más tardar, a las 15:00 horas del día
hábil siguiente de haber realizado la captura del registro del proyecto ejecutivo-solicitud de crédito en el
módulo SHF, la y elcopia del pago de la comisión por solicitud de crédito, el paquete técnico
constructivo que contenga las licencias y autorizaciones, memorias del proyecto y comprobante de
pago correspondientes a la información capturada en la pantalla cédula de registro de proyecto
ejecutivo-solicitud de crédito, así como los planos del fraccionamiento o conjunto habitacional, croquis
de localización y planos constructivos autorizados en la licencia de construcción, identificando la
siembra y características de las viviendas participantes, de conformidad con el anexo 2 de las
Condiciones Generales de Financiamiento de la SHF, el cual podrá ser consultado en la página WEB
de la SHF.
Este procedimiento permanecerá vigente y de manera transitoria hasta en tanto la SHF, establezca
un procedimiento totalmente automático para el registro de proyecto ejecutivo-solicitud de crédito.
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