Philips MDl .2E User Manual Page 71

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4. Puede concurrir un tercer
testigo, en el caso de
que
el testador no sepa
o no
firmar,
reun¡endo las cualidades dei testigo instrumental
y
del testigo a
Arlículo
42 numeral 9 dél Código de Notariado
ruego,
5. F¡nalmente, el testamento
común abierto,
queda plasmado
en escritura
pública
dentro
del
protocolo
notarial del notario autorizante,
sin
que
pueda
darse a conocer
su contenido rnás
que
al testador.
Otorgar esta
ciase de testamento, deriva
en tres fases de suma
importanc¡a:
A. La fase
de manifestación
de la voluntad del testador,
conocida como fase
preparaioria,
cons¡ste como su nombre
lo indica, en
que
el testador expone al
notaio su voluntad,
ya
sea en forma oral
o bien en forma escrita, la legislaciÓn
guatemalteca
sustantiva civil,
permite que
el tesiador le entregue
una minuta al
notario con sus
disposiciones testamentarias.
B. La fase
de reducc¡ón a escrito de
lo manifestado, se le conoce
como mater¡al, en
ésta el notario reduce
a escrito lo manifestado
por
el testador,
siguiendo
detalladamente sus instrucciones
y
cu'dando especialmente
la forma
y
el contenido
legal de la redacción.
Aguilar Guerra
maniflesta
que
"la
tarea del Notario no se ciñe a
plasmar por
escr¡to
literalmente la voluntad del testador, sino
que
ha de
proceder
a la elaboración del
texto testamentario,
en el
que
se destacan dos
partes:
la
que
recoge la voluntad del
testador, conformada
por
el Notario,
el cual debe ejercer un conirol
de legalidad
y
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